Influencers deben mencionar a la marca en sus anuncios pagados

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Indecopi prepublicó el ‘Proyecto de Guía sobre Publicidad Digital y Recomendaciones para Influencers’, el cual busca orientar el correcto ejercicio de las prácticas de publicidad digital, con especial enfoque en la publicidad de influencers.

El organismo precisa que en el Perú, el Consejo Nacional de Autorregulación Publicitaria (Conar) define la figura del influencer o influenciador como aquella persona que, gozando de un reconocimiento en entornos digitales (internet o redes sociales), son seguidos por un número de usuarios sobre los cuales tienen la capacidad de influenciar, afectar o motivar sus acciones.

De manera que los anunciantes (empresas) optan por utilizar la estrategia del marketing de influencers por la conexión estrecha que estos mantienen con sus seguidores (consumidores) utilizando las redes sociales (Facebook, Instagram, Youtube y LinkedIn).

De este modo, explica que el problema gira en torno al uso de formatos publicitarios que se utilizan en el marketing de influencers que no permitan a los seguidores detectar con claridad cuando están frente a contenido publicitario o cuando es un mensaje auténtico del influencer por su experiencia propia.

Así, el proyecto propone que en los casos en los cuales no sea evidente para el consumidor que está frente a contenido publicitario o se tienen dudas de si es suficiente o no lo comunicado para que el consumidor interiorice dicha naturaleza de la publicación, el influencer debe expresar que su publicación es un anuncio contratado, siendo una opción para realizar esta comunicación el uso de hashtags como #publicidad o #publicidadcontratada.

Agrega que dicha etiqueta, por la cual los consumidores deberían estar en la capacidad de percibir que es un anuncio contratado, debe ser fácilmente identificable y entendible, tomando en consideración lo siguiente:

– Colocar la etiqueta en un lugar visible para el consumidor.

– Evitar colocar la etiqueta al final de la publicación, es decir, después de la opción “ver más”.

– Evitar colocar la etiqueta al final del video, pues no todos los consumidores terminan de ver el mismo.

– Evitar colocar el nombre del anunciante mezclado con la etiqueta; por ejemplo, “nombredelanunciantepublicidad”.

– Evitar mezclar la etiqueta con gran cantidad de otros hashtags, restando visibilidad e importancia a la comunicación.

– Colocar la etiqueta en idioma castellano

¿Qué califica como publicidad para influencers?

De acuerdo al Indecopi, algunas prácticas que pueden calificar como publicidad para influencers son las siguientes:

– Unboxings: compartir en redes sociales el proceso de desempaquetar y/o revelar productos, servicios y/o experiencias que ofrece la marca/anunciante y que han sido enviados por este último a un influencer, en el marco de una estrategia publicitaria. En ocasiones, los influencers pueden pactar una retribución económica con la marca/anunciante por realizar los unboxings; otras veces, reciben regalos, sin previo aviso de la marca/anunciante, y optan por mostrar el producto o no en ese instante, en forma de agradecimiento o compensación por los productos enviados.

– Canjes: Supone un intercambio de productos o servicios, bajo ciertas condiciones, entre el influencer y el anunciante. Usualmente no hay formalidad escrita, sino un contrato verbal, por el cual el influencer se obliga a compartir contenido publicitario del anunciante en sus redes sociales.

– Sorteos o giveaways: Es común que, como estrategia publicitaria, los anunciantes soliciten al influencer realizar un sorteo entre sus seguidores que involucre los productos, servicios o marcas del primero.

– Fotos: Mostrar con relevancia o etiquetar una marca en fotos subidas a la red social o en la descripción de la misma por el influencer.

– Videos: Subidos a la red social dentro de los cuales se exalte la presencia de una marca o se la etiquete.

El organismo indica que de acuerdo a la Advertising Standards Authority (ASA) del Reino Unido, se calificará como “pago” por el contenido publicitario, además de una determinada suma de dinero, otras relaciones comerciales tales como que el influencer sea embajador del anunciante o se le entreguen productos, regalos, servicios, viajes, estadías en hotel, entre otros.

Sanciones

El Indecopi precisa que las infracciones publicitarias pueden ser sancionadas por la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi con una amonestación o con multas de hasta 700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 2,940,000, dependiendo de la gravedad de la infracción y siempre que no supere el 10% de los ingresos brutos percibidos por el infractor, relativos a todas sus actividades económicas, correspondientes al ejercicio inmediato anterior al de la expedición de la resolución de la Comisión.

Además de la sanción que se imponga por las infracciones publicitarias, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi podrá dictar medidas correctivas conducentes a restablecer la leal competencia en el mercado las mismas que, entre otras, podrán consistir en el cese de la difusión de la publicidad, la rectificación de las informaciones engañosas, incorrectas o falsas; y, la publicación de la resolución condenatoria.

Cabe precisar que este proyecto, el cual podrá recibir comentarios y opiniones hasta el 17 de octubre de este año, también brinda recomendaciones a las empresas para que lo adopten al difundir sus anuncios publicitarios a través de los influencers.

Fuente: Gestión


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