El gigante alemán emprendió hace tres años una larga batalla por defender sus tres icónicas rayas. Y las cosas no le han salido como esperaba. La Justicia europea ha decantado la balanza hacia el otro contendiente de esta peculiar guerra.
El Tribunal General de la Unión Europea confirmó la nulidad de la marca comunitaria de Adidas consistente en tres bandas paralelas aplicadas en cualquier dirección, al no haber demostrado que tuviera un carácter distintivo en todo el territorio de la UE.
¿Cómo reaccionó Adidas?
Adidas había descrito la marca en su solicitud de registro y había expuesto que consistía en tres bandas equidistantes paralelas de igual anchura aplicadas al producto en cualquier dirección.
Cabe resaltar que una compañía belga Shoe Branding Europe BVBA intentó registrar en la Oficina Europea de la Propiedad Intelectual (EUIPO) una zapatilla con dos rayas paralelas colocadas en ángulo en el lateral del producto. Sin embargo, Adidas se opuso de manera rotunda a este registro, manifestando que las dos líneas de la belga tenían un sospechoso parecido con sus tres bandas paralelas.
EUIPO le dio la razón a la marca alemana,Adidas, pero la empresa belga no se quedó con los brazos cruzados. Si ellos no podían registrar dos líneas, Adidas tampoco podría hacer lo propio con tres, así que la Oficina Europea de la Propiedad Intelectual decidió anular el registro de Adidas.
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