Es oficial: ¡YA PUEDES INGRESAR ALIMENTOS AL CINE!

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Medida no incluye a las Salas Prime, puesto que estas no alcanzan a dicho formato de negocio

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi resolvió los pedidos de aclaración formulados por Cineplex S.A. (Cineplanet) y Cinemark del Perú respecto de las medidas correctivas ordenadas a dichas empresas; con lo cual deberán permitir a los consumidores el ingreso a sus salas de productos iguales y/o similares que los que ofrecen en sus establecimientos.

Entre los aspectos principales, la SPC del Indecopi determinó que las salas Prime de los cines no estarán incluidas en las medidas correctivas ordenadas, puesto que estas no alcanzan a dicho formato de negocio; que es distinto de las salas de cine regulares.

Además, el plazo para el cumplimiento de las medidas correctivas se reanuda a partir del día siguiente de notificadas las resoluciones que se pronuncian sobre los pedidos de aclaración y, en tal sentido, Cineplanet tiene hasta el día 16 de marzo de 2018 para cumplir con lo ordenado por el Indecopi, y Cinemark hasta el día 20 de marzo de 2018 para hacer lo propio.

En tanto, Indecopi precisó que los únicos cines alcanzados por la medida serán Cineplanet y Cinemark a raíz de las denuncias del Aspec.

A continuación, detallamos los demás puntos aclarados a los cines por la SPC:

► No fijación de precios. La decisión de la SPC no fija precios ni controla la oferta de Cineplanet y Cinemark, es decir, no prohíbe que estos continúen vendiendo sus productos en los términos y condiciones comerciales que consideren más adecuados.

►Ingreso de alimentos de iguales características. Los consumidores pueden ingresar a las salas de cine con los mismos alimentos y bebidas que se venden en las confiterías de ambas cadenas. Por ejemplo, si Cineplanet o Cinemark vendieran cancha salada, cancha dulce, gaseosas, sánguches de hot dog y helados, por citar algunos productos, los consumidores podrán ingresar con dichos alimentos provenientes del exterior de los locales.

También pueden ingresar alimentos de similares características. Los productos que ingresen los consumidores pueden ser de diferente marca de aquellos que expenden los cines, siempre y cuando se trate del mismo tipo de producto. Por ejemplo, si Cineplanet o Cinemark vendieran chocolates de marca A, el consumidor podrá ingresar a las salas con chocolates de marca B, C o D.

►Mecanismos idóneos para informar al público. Corresponde a ambas cadenas de cine establecer los mecanismos idóneos para ejecutar las medidas correctivas de la manera óptima. Por ejemplo, podrían elaborar y publicar en sus páginas web, así como en la entrada de sus salas de cine, una lista de todos los alimentos y bebidas que comercializan, para así informar claramente al público cuáles son aquellos productos que permitirán ingresar a sus salas de cine, de manera indefectible.

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