Estos son los emprendimientos que podrán operar durante estado de emergencia

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A través de un decreto supremo, el Ministerio de la Producción (Produce) agregó al listado de 39 emprendimientos que pueden iniciar sus labores empresariales con solo una declaración jurada ante la municipalidad de su jurisdicción, cuatro actividades más con el propósito de apoyar a las micro y pequeñas empresas.

¿Cuáles son?

  1. Fotocopiado y/o impresión de pequeñas tiradas.
  2. Servicio de tipeo en pequeñas cantidades.
  3. Servicios de teléfonos públicos.
  4. Venta de tarjetas de telefonía o de recarga de celulares.
  5. Reparación y arreglo menor de prendas de vestir .
  6. Reparación de relojes de pulsera.
  7. Servicios de duplicado de llaves.
  8. Venta de boletos de lotería, de juegos de azar y de apuestas deportivas.
  9. Módulo para ventas al por menor de cintas de vídeo, CD y DVD.
  10. Servicios de embalaje y empaquetado en menor escala con fines de transporte.
  11. Porteadores de maletas.
  12. Módulo de venta de seguros de transporte terrestre, marítimo y aéreo.
  13. Módulo de venta del seguro obligatorio de accidentes de tránsito – SOAT.
  14. Venta al por menor de frutas, legumbres y hortalizas frescas o en conserva.
  15. Venta al por menor de productos lácteos y huevos.
  16. Venta al por menor de productos de panadería.
  17. Venta al por menor de confitería.
  18. Venta al por menor de tabaco.
  19. Venta al por menor de todo tipo de libros.
  20. Venta al por menor de periódicos.
  21. Venta al por menor de artículos de papelería.
  22. Venta al por menor de material de oficina.
  23. Venta al por menor de accesorios de vestir.
  24. Venta al por menor de artículos de perfumería y cosméticos.
  25. Venta al por menor de bisutería.
  26. Venta al por menor de flores y plantas.
  27. Venta al por menor de todo tipo de productos en puestos de venta móviles.
  28. Módulos portátiles para masajes.
  29. Actividades de astrología y espiritismo.
  30. Actividades de limpiabotas.
  31. Aparatos para tomar la tensión.
  32. Uso de básculas.
  33. Taquillas accionadas con monedas.
  34. Fotomatones.
  35. Expendio de productos a través de máquinas automatizadas.
  36. Expendio a través de refrigeradores, stands, módulos, entre otros.
  37. Delivery de productos.
  38. Stand de degustación de productos y ofrecimiento de muestras de productos.
  39. Lavado de autos realizada manualmente y en menor escala.

Las actividades añadidas son:

  1. Módulos móviles de alquiler de bicicletas, scooter, monopatín u otros similares.
  2. Servicio de alquiler de menaje y artículos de decoración en menor escala.
  3. Servicio de alquiler de efectos personales y enseres domésticos en menor escala.
  4. Coworking.

Estas cuatro actividades han sido priorizados considerando su impacto en los nuevos protocolos dispuestos para mantener el distanciamiento social, a fin de afrontar la propagación del Covid-19.

De esta manera, se busca eliminar cargas administrativas para los ciudadanos que desean emprender y desarrollar actividades económicas favoreciendo que más empresas ingresen al mercado.

A tener en cuenta

La declaración jurada a presentarse debe contener que la actividad:

  • No debe afectar las condiciones de seguridad.
  • No pueden ser de riesgo alto ni muy alto.
  • Deben ocupar un área menor a la que ocupa el giro del negocio.
  • No deben alterar de manera estructural la infraestructura del establecimiento, ni el desarrollo del giro del negocio.

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