Indecopi confirma sanción a Gloria, Nestlé y Laive

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La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Tribunal del Indecopi (SPC), máxima instancia administrativa del organismo regulador, confirmó la sanción contra las empresas Gloria S.A., Nestlé Perú S.A. y Laive S.A. con una multa total de 2 306.98 UIT equivalente a S/ 9,573,967, como se recuerda, las mencionadas compañías no cumplieron con el correcto etiquetado de los productos denominados.

“Se sancionó a las empresas investigadas en la medida que consignaron el término ´leche´ en el rotulado de los referidos productos, cuando según lo establecido en la Norma General para el uso de términos lecheros, se prohibía el uso de dicho término para este tipo de productos”, explicó el Indecopi.

“La etiqueta de un producto cumple dos funciones: destacar en el punto de venta para ´atraer el ojo´ y la intención de compra, y entregar información del producto al consumidor para que éste pueda evaluar sus propiedades y características”, señala el publicista Benjamin Edwards, fundador y director de Tribal 121.

“El engaño se da cuando una de las partes decide omitir información de forma intencional o manipularla para hacer pasar un producto, servicio, oferta o promoción por lo que no es, con la intención de verse beneficiada”, agrega.

En ese contexto, las empresas infringieron artículos del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al ingresar al mercado sus productos con el referido rotulado, afectando así las legítimas expectativas de los consumidores.

Cabe destacar que los productos sancionados son los siguientes:

Gloria

Pura Vida Nutrimax, Bonlé Leche Evaporada Familiar, Bonlé Leche Evaporada Deslactosada, Bonlé Leche Evaporada (Bolsitarro), Bonlé Leche Evaporada Light (tetrapack) y Pura Vida Nutrimax (Bolsitarro).

Nestlé

Ideal Amanecer, Reina del Campo e Ideal Light.

Laive

Laive Evaporada Vitaminizada –(Tetrapack y Bolsitarro), Laive 0 % Lactosa y Laive Light.

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