Plantean nueva norma que regula la publicidad estatal

2002

Seis meses después de que el Tribunal Constitucional (TC) dejara sin efecto la “Ley Mulder” , que prohibía la publicidad estatal en medios de comunicación privados, el Congreso iniciará el debate para aprobar una norma que la reemplace.

Entre las propuestas, se plantea que el Estado no contrate directamente con los medios.

Procedimiento

Se establecen cuatro requisitos para la contratación de publicidad estatal:

1.Primero, contar “con un plan comunicacional”. Tras ello, se debe seleccionar, mediante concurso público, a la central de medios.  Esta es una empresa especializada en estrategias que deberá “definir el conjunto de medios que cumplan los objetivos del plan comunicacional”.

2. Además, dicha central se encargará de obtener “condiciones tarifarias para cada medio, logrando máxima eficiencia para el presupuesto de la entidad estatal”.

3. Se deben tener en cuenta otros índices para optar por un medio de comunicación. Entre ellos, el público al que se dirige el mensaje, impacto, cobertura, alcance (sintonía, lectoría o rating).

4.En otro punto, se indica que en las contrataciones, las entidades públicas “prefieren a los medios estatales respecto a medios privados”. “Siempre y cuando los primeros acrediten las condiciones de calidad, costo de mercado y cobertura”. Se sostiene que las entidades públicas “utilizan sus canales electrónicos, como páginas web, redes sociales” para difundir resoluciones, comunicados y avisos.

Prohibiciones

El artículo nueve del texto prohíbe contratar publicidad estatal con medios (televisión y radio) que no cuenten con autorización vigente del MTC “Así como cualquier medio de comunicación informal (impresos y digitales)”.

En ese sentido, también se prohíbe que la publicidad beneficie a un candidato a cargo de elección popular o de otra organización política. Tampoco se podrá consignar colores, nombres, frases, símbolos, imágenes o voces que identifiquen a un determinado líder.

Según el artículo 11, las centrales de medios están prohibidas de cobrar un porcentaje o pago adicional como “comisión” a los medios contratados.

Sanciones

En caso de que los funcionarios o servidores públicos incumplan lo que establece el mencionado proyecto de ley, se aplicarán responsabilidades administrativas, civiles y penales. Incluso, la norma contempla una sanción mayor. “Llegando hasta la destitución e inhabilitación para ejercer el cargo público hasta por diez años”, indica el artículo 15.

Se establece que la Contraloría supervisa e impone sanciones administrativas a los funcionarios, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales.

Fuente: Gestión 

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