Aquellos establecimientos comerciales que entreguen o vendan bolsas de plásticos no biodegradables, serán sancionados con una multa de hasta S/ 546,000 según precisa la prepublicación del reglamento de la ley que regula el plástico de un solo uso.
¿Qué sanciones contiene?
En tanto, que vender sorbetes o envases de tecnopor para bebidas y alimentos de consumo humano en playas, museos y en áreas naturales protegidas será sancionado con una multa que va desde los 8 UIT hasta 130 UIT.
La propuesta de reglamento también da cuenta que se sancionará si se entrega o vende vajillas y utensilios de mesa de plástico para alimentos y bebidas de consumo humano, cuya degradación genere contaminación. En concreto: sanción para aquellos que infrinjan la norma va desde 8 UIT (cuando es leve) hasta los 130 UIT.
¿Desde cuándo empieza la fiscalizacion?
La fiscalización e imposición de la multa empezará hacerse efectiva desde el 2021, tomándose en cuenta que la ley de plásticos precisa que los comercios en general, tienen un plazo de 36 meses -contados desde la vigencia de la ley- para reemplazar en forma progresiva la entrega de bolsas de base polimérica no reutilizable, por bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen contaminación.
El reglamento que tiene como propósito la efectiva implementación de la ley de plásticos también dispone -como disposición complementaria- la creación de una comisión multisectorial de naturaleza permanente que propondrá políticas y lineamientos para la gestión integral del plástico de un solo uso y la transición hacia la economía circular.
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